Tesis Aisladas

<p>ACTA DE NACIMIENTO. SI LOS PADRES NO COMPARECEN ANTE EL REGISTRO CIVIL, SINO TERCERAS PERSONAS, EL OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL NO TIENE FACULTADES DE ASENTAR, MOTU PROPRIO, LA PATERNIDAD O MATERNIDAD DE ÉSTOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).</p>

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Resumen

<p>Si un acta de nacimiento fue levantada en el Registro Civil sin la comparecencia de los padres, sino de terceras personas, el oficial del registro no tiene facultades de asentar, motu proprio, la paternidad o maternidad de éstos, pues hacerlo contraviene los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200079|13|28-200079|13|30-200079|13|32-200079|13|34-200079|13|36-" >691, 692, 693, 694 y 695 del Código Civil para el Estado de Veracruz</a>. Por ello, no puede acreditarse con la sola acta de nacimiento elaborada en dichos términos la paternidad ahí anotada.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
30 de septiembre de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
José Manuel de Alba de Alba
Epoca
Décima Época