Tesis Jurisprudenciales

<p>ACTAS DE EMPLAZAMIENTO ELABORADAS EN FORMATOS PREESTABLECIDOS "MACHOTES" O POR COMPUTADORA E IMPRESORA PORTÁTILES. NO SON ILEGALES POR ESE SOLO HECHO PUES, PARA QUE LO SEAN, DEBE DESVIRTUARSE LA FE DEL DILIGENCIARIO.</p>

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Resumen

<p>Es criterio reiterado que las actas de emplazamiento elaboradas en máquina de escribir no son ilegales por ese solo hecho, sino que para serlo debe desvirtuarse la fe del diligenciario; luego, por las mismas razones debe considerarse que tampoco son ilegales las actas que se lleven a cabo empleando para su elaboración formatos preestablecidos "machotes" o computadora e impresora portátiles, pues no existe disposición legal que limite el uso de ese tipo de instrumentos y mucho menos que dicha utilización implique la ilegalidad de la actuación del diligenciario; de igual forma no se considera ilegal, por no ser un requisito, que se asiente en qué momento y lugar se llevó a cabo la impresión del documento, pues lo único que debe tomarse en cuenta es que el llamamiento a juicio cumpla con los requisitos que los cuerpos de las normas aplicables señalen.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
17 de marzo de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Raúl Armando Pallares Valdez
Epoca
Décima Época