Administrativa Tesis Aislada

ACTO FUNDADO EN EL ARTÍCULO 298, INCISO B), FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN DECLARADO INCONSTITUCIONAL POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. EFECTO DEL AMPARO INDIRECTO EN SU CONTRA.

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: Una persona moral promovió amparo indirecto contra el artículo referido con motivo del acto de aplicación mediante el cual se le impuso una multa. El Juzgado de Distrito concedió el amparo. Contra esa resolución se interpuso recurso de revisión, en el que se advirtió de oficio que respecto a dicho precepto se actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción VIII, de la Ley de Amparo , conforme a los efectos de la declaratoria general de inconstitucionalidad 6/2017 , resuelta por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 14 de febrero de 2019. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el efecto del amparo contra el acto fundado en el artículo 298, inciso B), fracción IV, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión , es dejarlo insubsistente. Justificación: El artículo 61, fracción VIII, de la Ley de Amparo establece que el juicio de amparo es improcedente contra normas generales respecto de las cuales la Suprema Corte haya emitido una declaratoria general de inconstitucionalidad, lo cual conduce a su sobreseimiento. Sin embargo, ello no implica que por los actos de aplicación no pueda concederse la protección constitucional, pues debe impedirse la subsistencia del acto reclamado fundamentado en ese tipo de normas, en aras de observar el principio de supremacía constitucional. Ello, independientemente de que se trate de un segundo o ulterior acto de aplicación, o de que en su momento se haya consentido la disposición de observancia general correspondiente, pues lo que se busca es hacer prevalecer la regularidad constitucional. En ese contexto, procede conceder el amparo para que la autoridad administrativa deje insubsistente la resolución fundamentada en el precepto declarado inconstitucional con efectos generales, lo cual es independiente de las consideraciones sustentadas en la resolución recurrida y los efectos concedidos. Lo resuelto es coincidente, además, con lo sustentado ...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aislada
Numero de resolucion
I.2o.A.E.9 A (11a.)
Fecha de resolucion
15 de agosto de 2025

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
José Luis Cruz Álvarez
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
I.2o.A.E.9 A (11a.)