Tesis Aisladas

<p>ACTOS RELACIONADOS CON LAS CONDICIONES DE INTERNAMIENTO DE PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD. SI AFECTAN DIRECTAMENTE DERECHOS SUSTANTIVOS, CON CONSECUENCIAS IRREVERSIBLES O FATALES, SE ACTUALIZA LA EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO EN SU CONTRA.</p>

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Resumen

<p>Los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100887|1|2-100887|1|4-100887|1|8-100887|1|18-100887|1|50-100887|1|88-100887|1|184-100887|1|244-100887|1|246-100887|1|248-100887|1|250-100887|1|252-100887|1|254-100887|1|256-100887|1|258-100887|1|272-100887|1|288-100887|1|290-100887|1|292-100887|1|294-100887|1|296-100887|1|298-" >1, 2, 4, tercer y cuarto párrafos, 9, 25, fracción I, 30, 107 a 115, 122 y 130 a 135 de la Ley Nacional de Ejecución Penal</a> establecen un procedimiento administrativo para atender las solicitudes de las personas privadas de su libertad, relacionadas con su salud, lugar de reclusión, cambio de módulos, estancias, dormitorios, alimentación, entrega de vestimenta y, en general, con todos los actos que afecten sus condiciones de vida digna y segura en reclusión; además, disponen la posibilidad de impugnar las decisiones u omisiones de la autoridad penitenciaria, por medio de la controversia que se plantee ante el Juez de ejecución, incluso, prevén que los internos tienen a su alcance los recursos de revocación y apelación para el caso de estar inconformes con alguna decisión de la autoridad judicial. De lo anterior, se colige que, por regla general, antes de acudir al juicio de amparo a impugnar actos relacionados con las condiciones de internamiento de personas privadas de la libertad, es necesario agotar el procedimiento administrativo referido, así como los medios de impugnación previstos en su contra, atento al principio de definitividad; sin embargo, cuando dichos actos afecten directamente derechos sustantivos, cuyas consecuencias resultaran irreversibles o fatales al encontrarse en riesgo, por ejemplo, la vida, salud o integridad física de los internos, se actualiza el supuesto de excepción a dicho principio, por lo que, en su contra, procede el juicio de amparo indirecto.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
9 de marzo de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Hugo Ricardo Ramos Carreón
Epoca
Décima Época