Tesis Aisladas

<p>ACTOS Y RESOLUCIONES JURISDICCIONALES. CONDICIONANTES PARA QUE CAREZCAN DE VALIDEZ, CUANDO EN ÉSTOS SÓLO APARECEN LAS FIRMAS O RÚBRICAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVINIERON EN SU EMISIÓN [INTERPRETACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA P./J. 7/2015 (10a.)].</p>

7

Resumen

<p>El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia P./J. 7/2015 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 10 de abril de 2015 a las 9:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 17, Tomo I, abril de 2015, página 5, de título y subtítulo: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2008788" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>ACTOS Y RESOLUCIONES JURISDICCIONALES. PARA DOTARLOS DE VALIDEZ E IDENTIFICAR AL FUNCIONARIO QUE INTERVINO EN SU EMISIÓN, BASTA CON QUE ÉSTE IMPRIMA SU FIRMA O RÚBRICA EN EL DOCUMENTO, SIEMPRE QUE SU NOMBRE, APELLIDOS Y CARGO PUEDAN IDENTIFICARSE EN DIVERSO APARTADO DE LA RESOLUCIÓN O DEL EXPEDIENTE DE QUE SE TRATE, INCLUSIVE POR OTROS MEDIOS</a>.", estableció que el nombre y apellidos de una persona no son elementos inherentes a la "firma", por lo que la validez de una actuación judicial ni la identificación del funcionario que intervino en su emisión, se ven afectadas por la falta de nombre, apellidos y cargo, al ser datos ajenos a la firma. Asimismo, de la ejecutoria de la cual deriva la mencionada jurisprudencia se advierte que la falta de nombre y cargo, pudiera invalidar las actuaciones, pero sólo en caso de imposibilidad de conocerlos a lo largo del juicio, a través de actuaciones posteriores e, incluso, del dictado del laudo, o de otros medios. Por consiguiente, no es suficiente, como lo apuntaba la jurisprudencia 2a./J. 151/2013 (10a.), publicada en el mismo medio de difusión y Época, Libro XXVI, Tomo 1, noviembre de 2013, página 573, de título y subtítulo: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2004830" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>ACTUACIONES JUDICIALES O JURISDICCIONALES. LA MENCIÓN EXPRESA DEL NOMBRE Y APELLIDOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVENGAN EN AQUÉLLAS CONSTITUYE UN REQUISITO

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
27 de noviembre de 2015

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Arturo García Torres
Epoca
Décima Época