Tesis Aisladas

<p>ACUERDO QUE ESTABLECE LAS BASES MÍNIMAS DE INFORMACIÓN PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS QUE PRESTAN LOS PARTICULARES EXPEDIDO EL 10 DE MARZO DE 1992. NO ES CONTRARIO AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD NI CONSTITUYE UNA INDEBIDA DELEGACIÓN DE FACULTADES LEGISLATIVAS EN FAVOR DE LA ENTONCES SECRETARÍA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL. </p>

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Resumen

<p>En términos de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="370|15|357-370|15|397-" >34, fracciones II, VII, VIII y XXVII, y 38, fracciones, I, V, VI y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal</a>; <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="115|1|17-115|1|24-115|1|45-115|1|52-115|1|332-115|1|346-115|1|409-115|1|416-115|1|423-115|1|437-115|1|465-115|1|486-115|1|493-115|1|507-115|1|514-" >1o., 2o., 5o., 6o., 42, 44, 52 a 55, 59, 62 a 65 de la Ley Federal de Protección al Consumidor</a>; <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100087|2|8-100087|2|10-100087|2|12-100087|2|14-100087|2|16-100087|2|18-100087|2|20-100087|2|22-" >1, 3, 16, 17, 19, fracción III, 35, fracción VII, 41 y 54 de la Ley Federal de Educación</a>; <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100942|1|2-100942|1|4-100942|1|6-" >1, 4 y 5, fracción XV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial</a>; y <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100943|1|2-" >1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública</a> (todos vigentes en marzo de 1992), la entonces Secretaría de Comercio y Fomento Industrial contaba con facultades para emitir el Acuerdo que Establece las Bases Mínimas de Información para la Comercialización de los Servicios Educativos que Prestan los Particulares, expedido en ese año, pues correspondía a esa Secretaría la regulación, promoción y vigilancia de la comercialización, distribución y consumo de bienes y servicios. En este sentido, dentro de las facultades otorgadas por el Poder Legislativo a la Secretaría aludida se encontraba la de

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
7 de diciembre de 2018

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
José Ramón Cossío Díaz, en su ausencia hizo suyo el asunto el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo
Epoca
Décima Época