Tesis Aisladas

<p>ACUERDOS REPARATORIOS. SI EL ACTO RECLAMADO ES EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO Y AQUÉLLOS SE APRUEBAN CON POSTERIORIDAD A LA EMISIÓN DE ÉSTE, ESA CIRCUNSTANCIA ACTUALIZA LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 61, FRACCIÓN XIII, DE LA LEY DE AMPARO, AUN CUANDO DICHOS ACUERDOS SEAN DE CUMPLIMIENTO DIFERIDO.</p>

7

Resumen

<p>Conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100748|1|372-" >186 del Código Nacional de Procedimientos Penales</a>, los acuerdos reparatorios son el resultado del uso de un mecanismo alternativo de solución de controversias, celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado, los cuales, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de control -según corresponda- y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal. De ahí que su celebración constituye una manifestación de voluntades de los intervinientes de optar por esa salida alterna. Ahora bien, si el acto reclamado es el auto de vinculación a proceso y dichos acuerdos se aprueban con posterioridad a la emisión de éste, esa circunstancia conlleva el consentimiento del imputado respecto de ese auto, cuando sea precisamente el acto reclamado en el juicio de amparo, lo que actualiza la causal de improcedencia prevista en la <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|2|122-" >fracción XIII del artículo 61</a> de la ley de la materia. Sin que obste a lo anterior, que los referidos acuerdos reparatorios sean de cumplimiento diferido, pues ello no implica que no haya habido un consentimiento al resolver el juicio de amparo en primera instancia o en revisión; aunado a que iría contra la naturaleza de la solución alterna por la que optaron voluntariamente las partes, el permitir que por virtud del juicio de derechos fundamentales, el imputado incumpliera con las obligaciones adquiridas en el acuerdo correspondiente.</p><br><p>CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
24 de junio de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Olga Estrever Escamilla
Epoca
Décima Época