Tesis Aisladas

<p>ADJUDICACIÓN EMITIDA EN UN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. CONTRA ESTA RESOLUCIÓN DEBE AGOTARSE EL JUICIO DE NULIDAD FEDERAL, PREVIO A PROMOVER EL AMPARO (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 19 DE JULIO DE 2016).</p>

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Resumen

<p>Si bien es cierto que del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100874|1|2-" >3, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa</a>, vigente a partir del 19 de julio de 2016, no se advierte expresamente que procede el juicio de nulidad contra las resoluciones definitivas emitidas en los procedimientos de licitación, ya que sólo establece que dicho órgano jurisdiccional conocerá de las demandas que se promuevan contra los actos que se originen por fallos en licitaciones públicas y la interpretación y cumplimiento de contratos públicos, también lo es que del diverso precepto <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100874|1|10-" >35, fracción II</a>, del propio ordenamiento se observa que, además de los casos competencia de dicho órgano jurisdiccional, previstos en el artículo 3 citado, sus Salas Regionales conocerán de los juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas, actos y procedimientos de autoridades administrativas en materia de licitaciones públicas. Por tanto, si en un juicio de amparo se reclama la resolución definitiva de un procedimiento de contratación pública, como es la de adjudicación, se actualiza la causal de improcedencia prevista en el diverso <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|122-" >61, fracción XX, de la Ley de Amparo</a>, pues previo a promoverlo, debe agotarse el juicio de anulación federal, en observancia al principio de definitividad, salvo que se actualice alguna excepción a éste.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
10 de agosto de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Joel Carranco Zúñiga
Epoca
Décima Época