<p>AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO, PERITOS Y MIEMBROS DE LAS CORPORACIONES POLICIALES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. CONTRA EL AUTO CON QUE INICIA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SEPARACIÓN INSTAURADO EN SU CONTRA PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO [APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 72/2013 (10a.)].</p>
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Resumen
<p>La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2003893" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>2a./J. 72/2013 (10a.)</a>, determinó que el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo de separación o remoción del cargo de los agentes del Ministerio Público, peritos y miembros de corporaciones policiales de los tres niveles de gobierno, puede reclamarse mediante el juicio de amparo indirecto, pues en ese caso se actualizan las hipótesis para su procedencia, previstas en las <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="9|40|1157-" >fracciones II y IV del artículo 114</a> de la abrogada Ley de Amparo (correlativas, respectivamente, de las <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|2|214-" >fracciones II y III, inciso b), del artículo 107</a> de la vigente), ya que la resolución definitiva conduce a la separación forzosa o remoción del cargo de aquellos elementos, de conformidad con el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|1550-" >123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, no obstante que puedan obtener un fallo favorable. Lo anterior es aplicable a los agentes del Ministerio Público, peritos y miembros de las corporaciones policiales del Estado de San Luis Potosí, pues también se rigen por la disposición constitucional mencionada, es decir, aun cuando obtengan una resolución favorable en el procedimiento administrativo de separación instaurado en su contra, no podrán continuar en el servicio o ser reinstalados en su cargo, por lo que procede el amparo indirecto que se promueva contra el auto con que aquél inicia, al
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 6 de noviembre de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- José Luis Sierra López
- Epoca
- Décima Época