Tesis Jurisprudenciales

<p>AGUAS NACIONALES. EL OFICIO MEDIANTE EL CUAL LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO AUTORIZA A LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, BAJO LA FIGURA DE APROVECHAMIENTOS, LAS CUOTAS DE GARANTÍA DE NO CADUCIDAD DE DERECHOS DE AQUÉLLAS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 2 DE AGOSTO DE 2011, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE ANUALIDAD PRESUPUESTAL.</p>

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Resumen

<p>Si bien es cierto que conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100512|1|20-" >10, párrafo cuarto, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011</a>, las autorizaciones para fijar o modificar las cuotas por metro cúbico a que se refiere el oficio señalado sólo debían surtir efectos para ese año, también lo es que en términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100828|1|4-" >10, párrafo séptimo</a>, de dicha ley para el ejercicio fiscal de 2012 existe previsión legal para que los aprovechamientos a que se refiere el propio precepto, como es el caso de las referidas cuotas autorizadas, extendieran su vigencia hasta en tanto no se emitieran las relativas al año 2012 (las cuales se publicaron el 1o. de junio de esta última anualidad). En esas condiciones, el oficio indicado y las cuotas autorizadas por metro cúbico que contiene, no violan el principio de anualidad presupuestal, pues existe sustento jurídico para que la Federación, a través de la Comisión Nacional del Agua, válidamente recibiera los pagos calculados con base en aquéllas, aun iniciado el ejercicio fiscal de 2012, tomando en cuenta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha considerado, acorde con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que las leyes de ingresos prevean supuestos en los cuales amplíen temporalmente la vigencia de las disposiciones aplicables para el año anterior, pues con ello se privilegia y garantiza la obtención de ingresos por parte del Estado, a fin de salvaguardar su integridad y estabilidad económica.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
12 de agosto de 2016

Organo emisor

Tribunal
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Sala
2
Epoca
Décima Época