Tesis Aisladas

<p>AGUINALDO. LOS PUNTOS PRIMERO Y SEGUNDO DE LOS LINEAMIENTOS EXPEDIDOS POR EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL PAGO DE ESA PRESTACIÓN AL PERSONAL TÉCNICO OPERATIVO DE BASE Y DE CONFIANZA, DE HABERES Y POLICÍAS COMPLEMENTARIAS DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA, PARA EL EJERCICIO 2013, VIOLAN LOS DERECHOS DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN.</p>

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Resumen

<p>De la interpretación del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="367|21|1298-" >42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado</a>, que se refleja en la tesis aislada <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/176426" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>P. LIII/2005</a>, así como del análisis a los Lineamientos por medio de los cuales se otorga el pago por concepto de aguinaldo al personal de mandos medios y superiores, así como enlaces y líderes coordinadores de la administración pública centralizada, desconcentrada y Delegaciones del Distrito Federal, correspondiente al ejercicio 2013, se desprende que para cuantificar el monto del aguinaldo de los servidores públicos de los Poderes de la Unión y de los trabajadores indicados en este último instrumento, se toma en cuenta la totalidad de las remuneraciones que aparecen reflejadas en el tabulador respectivo, que incluyen las compensaciones que mensualmente reciben. En contraposición con esas disposiciones, los puntos primero y segundo de los Lineamientos por medio de los cuales se otorga el pago por concepto de aguinaldo al personal técnico operativo de base y de confianza, de haberes y policías complementarias de la administración pública centralizada, desconcentrada y Delegaciones del Distrito Federal, para el ejercicio 2013, establecen que ese beneficio se determina considerando las percepciones consignadas como salario base de los trabajadores (en que no se incluyen dichas compensaciones). En consecuencia, estos últimos numerales violan los derechos de igualdad y no discriminación, previstos en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|20-" >1o. de la Constitución Federal</a>, ya que prov

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
4 de septiembre de 2015

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Joel Carranco Zúñiga
Epoca
Décima Época