<p>AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN. PARA EFECTOS DE SU PROCEDENCIA DEBE VERIFICARSE SI LA AUTORIDAD RESPONSABLE REALIZÓ UN VERDADERO CONTROL DE CONVENCIONALIDAD.</p>
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Resumen
<p>La procedencia del recurso de revisión en amparo directo, bajo la premisa de un control de convencionalidad ex officio en materia de derechos humanos, se basa en la existencia de un genuino ejercicio de esa naturaleza. En este sentido, procede verificar si efectivamente lo realizado por parte de la autoridad jurisdiccional señalada como responsable, satisface o no los presupuestos de ese ejercicio de control de regularidad, pues no basta la simple afirmación de haberlo realizado.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 19 de febrero de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 1
- Sala
- 1
- Ponente
- Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
- Epoca
- Décima Época