<p>AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN RECAÍDA AL RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO CONTRA LA DIVERSA DICTADA EN UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO RESARCITORIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).</p>
2
Resumen
<p>Contra la decisión del auditor Superior de Fiscalización del Estado de México, dictada en el recurso de revisión interpuesto contra la resolución emitida en el expediente administrativo donde se determinó una responsabilidad administrativa resarcitoria, se actualiza la hipótesis de procedencia del juicio de amparo indirecto, pues dicha resolución la emite una autoridad distinta de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, en un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio que reviste el carácter de definitivo; de lo que se sigue que el acto reclamado no reúne las características necesarias para combatirse a través del juicio de amparo directo, por lo que procede la vía indirecta, como lo refleja la voluntad del legislador en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|214-" >107, fracciones II y III, inciso a), de la Ley de Amparo</a>.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 16 de febrero de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 2
- Sala
- 2
- Ponente
- Eduardo Medina Mora I
- Epoca
- Décima Época