Tesis Aisladas

<p>ARRENDAMIENTO. AL TENER LA CLÁUSULA PENAL Y LOS INTERESES MORATORIOS PACTADOS EN EL CONTRATO RELATIVO LA FINALIDAD COMPENSATORIA POR LA NO ENTREGA DEL INMUEBLE ARRENDADO O POR NO RECIBIR OPORTUNAMENTE EL PRECIO, DICHOS ASPECTOS NO PUEDEN SER OBJETO DE ANÁLISIS SOBRE LA USURA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).</p>

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Resumen

<p>De acuerdo con lo resuelto por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/ejecutoria/19880" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>contradicción de tesis 29/2006-PS</a> (que resulta aplicable, por analogía, en el Estado de Jalisco, ya que los artículos del <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200139|15|24-200139|15|25-200139|15|26-200139|15|27-200139|15|28-200139|15|29-200139|15|30-200139|15|31-200139|15|32-200139|15|33-200139|15|34-200139|15|35-" >1736 al 1747 del Código Civil para el Estado de Nuevo León</a>, que interpretó, son de igual redacción jurídica a los diversos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200033|25|10-200033|25|11-200033|25|12-200033|25|13-200033|25|14-200033|25|15-200033|25|16-200033|25|17-200033|25|18-200033|25|19-200033|25|20-200033|25|21-" >1309 al 1320 del Código Civil del Estado de Jalisco</a>), se concluye que la pena convencional pactada en los contratos de arrendamiento, es la imposición de una sanción, en sustitución del resarcimiento de posibles daños y perjuicios –es decir, tiene una finalidad compensatoria–, por incumplimiento total o parcial de una obligación; por tanto, si en el contrato de arrendamiento base de la acción de desahucio, las partes pactaron una cláusula penal, así como el pago de intereses moratorios, entonces estos aspectos constituyen una indemnización en favor del arrendador, ya que dicha cláusula penal tiene la naturaleza de ser una cuantificación anticipada convenida por las partes por concepto de daños y perjuicios que pudieran ocasionarse con el incumplimiento de una obligación, como ocurre con el pacto de intereses moratorios, cuando se establecen con la misma naturaleza, en su contrato de arrendamiento; en consecuenci

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
8 de febrero de 2019

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Gerardo Domínguez
Epoca
Décima Época