<p>ARTÍCULOS PROMOCIONALES. NO PIERDEN ESA CALIDAD POR LA CIRCUNSTANCIA DE QUE LAS EMPRESAS FARMACÉUTICAS LOS DIRIJAN Y ENTREGUEN A UN PÚBLICO CALIFICADO, COMO LO SON LOS MÉDICOS.</p>
7
Resumen
<p>De conformidad con el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="361|90|3370-" >310 de la Ley General de Salud</a>, en materia de medicamentos, remedios herbolarios, equipos médicos, prótesis, ayudas funcionales e insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos y de curación y agentes de diagnóstico, la publicidad se clasifica en: I. Publicidad dirigida a profesionales de la salud y II. Publicidad dirigida a la población en general. Por su parte, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="16088|2|24-" >2 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad</a> señala que por artículo promocional debe entenderse al objeto que se obsequia al público y que contiene impresa la marca, nombre, logotipo o frase publicitaria de algún producto o servicio. De lo anterior se sigue que la industria farmacéutica tiene que recurrir a una forma particular para la promoción de sus productos, en comparación con otras industrias o giros mercantiles, ya que la promoción de sus productos no puede efectuarse en todos los casos con el público en general. La práctica de promoción –publicidad y propaganda– de la industria farmacéutica resulta sofisticada y diferente respecto a otras industrias, pues la misma se desarrolla a modo de generalidad, como lo señaló la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en la recomendación sistémica DGAS/RS/001/2012, de 4 de julio de 2012, a través de las siguientes maneras: a) Por una parte, apoyando a los médicos –por ser el único medio apto y especializado en la materia para prescribir sin poner en riesgo la salud de las personas– para que asistan a eventos y convenciones con los gastos de traslado y alojamiento inherentes a estos eventos, con el objeto de que conozcan las sustancias activas o propiedades de los productos que ofrecen para el tratamiento de los
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 15 de marzo de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- María Amparo Hernández Chong Cuy
- Epoca
- Décima Época