<p>ASISTENCIA CONSULAR. OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES POLICIALES Y MINISTERIALES PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO MATERIAL Y FORMAL DE ESE DERECHO FUNDAMENTAL.</p>
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Resumen
<p>Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha determinado que en relación con el derecho al contacto y asistencia consular, en términos del <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100049|1|8-" >inciso b), párrafo 1, del artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares</a>, las autoridades policiales y ministeriales, según el momento, están obligadas no sólo a facilitarlo, sino a fungir como conducto de comunicación de la persona detenida con la oficina consular de su país. Las comunicaciones entre la persona extranjera detenida y su oficina consular deberán llevarse a cabo por conducto de las autoridades policiales o ministeriales, según sea el caso, sin dilación alguna. Las autoridades deberán cumplir con esta obligación a partir de los hechos de cada caso, considerando la distancia o la naturaleza del medio que sirva para transmitir la información a la oficina consular, así como la facilidad o la complejidad de las comunicaciones. La imposibilidad de cumplir con esta obligación deberá estar debidamente justificada y documentada y estar apegada a las facultades de la autoridad que la invoque como excepción de cumplimiento. Asimismo, la obligación de las autoridades policiales y ministeriales, según sea el caso, de facilitar el contacto de la persona extranjera detenida con su consulado y de fungir como conducto de comunicación entre ambos para llevar a cabo dicho contacto, debe ser eficaz, esto es, no deberá limitarse únicamente a un trámite formal, destinado a fracasar, sino que las autoridades deberán cerciorarse de que las autoridades consulares reciban la comunicación de la persona extranjera detenida. La comunicación auténtica con la oficina consular respectiva deberá estar debidamente documentada por las autoridades que la llevaron a cabo.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 24 de junio de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 1
- Sala
- 1
- Ponente
- José Ramón Cossío Díaz
- Epoca
- Décima Época