Tesis Aisladas

<p>AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. SI ÉSTE SÓLO SE RECLAMA EN EL JUICIO DE AMPARO, NO DEBE ANALIZARSE DE OFICIO TODO LO ACONTECIDO EN LA AUDIENCIA INICIAL, COMO LA COMPETENCIA, LA CALIFICACIÓN DE LA DETENCIÓN, LAS MEDIDAS CAUTELARES O EL CIERRE DEL PLAZO DE LA INVESTIGACIÓN COMPLEMENTARIA, AL TENER FINALIDADES DISTINTAS, A MENOS QUE SE SEÑALEN COMO ACTOS DESTACADOS.</p>

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Resumen

<p>El auto de vinculación a proceso es la judicialización y continuación del proceso con el imputado formalmente sujetado o sometido a éste, al existir datos de prueba que permiten presumir la existencia de un hecho delictuoso, así como su probable intervención. Es decir, es el procedimiento que realiza el órgano jurisdiccional a fin de resolver, en audiencia, la situación jurídica del imputado, en función a los datos de prueba existentes, y para dictarlo deben atenderse los requisitos previstos en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100748|4|632-" >316 del Código Nacional de Procedimientos Penales</a>, consistentes en que: i) se haya formulado imputación; ii) se hubiere otorgado la oportunidad al imputado de declarar; iii) se adviertan datos de prueba que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión; y, iv) no se actualice una causa de extinción de la acción penal o excluyente del delito. Por tanto, cuando únicamente se reclama en el juicio de amparo el auto de vinculación a proceso, no debe analizarse de oficio todo lo acontecido en la audiencia inicial, como lo pronunciado en cuanto a la competencia, la calificación de la detención, las medidas cautelares o el cierre del plazo de la investigación complementaria, al ser actos que tienen finalidades distintas, a menos que se señalen como actos destacados.</p><br><p>SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
10 de marzo de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Ricardo Paredes Calderón
Epoca
Décima Época