Administrativa Jurisprudencia

AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. TIENE TAL CARÁCTER LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE EJECUTA EL ARRASTRE Y REMISIÓN DE UN VEHÍCULO AUTOMOTOR A UN DEPÓSITO, CON MOTIVO DE LA EMISIÓN DE UNA BOLETA DE INFRACCIÓN IMPUESTA POR PERSONAL DE LA GUARDIA NACIONAL.

Suprema Corte de Justicia de la Nacion

Resumen

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si el retiro de circulación de un vehículo automotor, mediante el arrastre y remisión al depósito respectivo efectuado por una persona moral o física, con motivo de la emisión de una boleta de infracción impuesta por personal de la Guardia Nacional, es un acto equiparable al de una autoridad para efectos del juicio de amparo. Mientras que uno estimó que los actos reclamados provenían de una autoridad con ese carácter, en virtud de que el arrastre del vehículo constituía un servicio público a cargo del Estado; el otro consideró que no constituía un acto de autoridad, porque la empresa señalada como responsable no actuó de manera unilateral, sino como auxiliar de la autoridad estatal. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, determina que el retiro de circulación de un vehículo automotor, mediante el arrastre y remisión al depósito respectivo, con motivo de la emisión de una boleta de infracción impuesta por personal de la Guardia Nacional, ejecutado por una persona moral o física, debe ser considerado un acto de particular equiparable al de autoridad para efectos del juicio de amparo. Justificación: Conforme a la jurisprudencia 2a./J. 40/2023 (11a.) , de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los actos de particular equivalentes a los de autoridad podrán ser reclamables en amparo cuando cumplan con las siguientes características: 1) que realice actos equivalentes a los de autoridad, esto es, que dicte, ordene, ejecute o trate de ejecutar algún acto en forma unilateral y obligatoria, o bien, que omita actuar en determinado sentido; 2) que afecte derechos creando, modificando o extinguiendo situaciones jurídicas; y 3) que sus funciones estén determinadas en una norma general que le confiera las atribuciones para actuar como una autoridad del ...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
PR.A.C.CS. J/22 A (11a.)
Fecha de resolucion
20 de junio de 2025

Organo emisor

Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Sala
Pleno
Ponente
Magistrada Rosa Elena González Tirado
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
PR.A.C.CS. J/22 A (11a.)