<p>AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL JUICIO DE AMPARO. SI EL QUEJOSO SOLICITA QUE SE TENGA CON ESE CARÁCTER A LA QUE REALMENTE EMITIÓ EL ACTO Y NO A LA QUE LO SUSCRIBIÓ EN SUPLENCIA POR AUSENCIA, ES LEGAL QUE EL JUEZ DE DISTRITO DICTE EL PROVEÍDO CORRESPONDIENTE EN LOS TÉRMINOS REQUERIDOS, AUN CUANDO AQUÉL TUVIERA PLENO CONOCIMIENTO DE LA FIRMA POR AUSENCIA DESDE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA, Y NO HUBIERE SEÑALADO A AQUÉLLA CORRECTAMENTE.</p>
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Resumen
<p>Si la autoridad señalada como responsable, al rendir su informe justificado manifiesta que no son ciertos los actos reclamados, porque si bien firmó el oficio impugnado, lo hizo en suplencia por ausencia, ello conlleva considerar que es a dicha autoridad, a quien resulta atribuible la emisión del acto reclamado. En esas condiciones, si el quejoso solicita que se tenga como autoridad responsable a la que realmente emitió el acto y no a la que lo suscribió en suplencia por ausencia, es legal que el Juez de Distrito dicte el proveído correspondiente en los términos requeridos, aun cuando aquél tuviera pleno conocimiento de la firma por ausencia desde la presentación de la demanda, y no hubiere señalado correctamente a la autoridad responsable, pues el señalamiento que realizó, respecto de la autoridad que firmó en suplencia, fue un error; además de que en tal hipótesis, el Juez debió advertir dicha situación y requerir al quejoso en el acuerdo inicial, para que precisara si era su deseo señalar como autoridad responsable a la suplida, por lo que si no lo hizo así, no debe vedarse al quejoso su derecho de corregir esa irregularidad, en cumplimiento al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|249|180-" >17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a> que consagra el principio de justicia pronta y expedita.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 25 de noviembre de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- José Francisco Cilia López
- Epoca
- Décima Época