Tesis Aisladas

<p>BENEFICIOS PRELIBERACIONALES PREVISTOS EN LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL. LAS PERSONAS CONDENADAS BAJO EL SISTEMA PROCESAL TRADICIONAL SÍ PUEDEN SOLICITARLOS.</p>

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Resumen

<p>Conforme a los artículos transitorios de dicha ley, la intención del legislador al emitirla fue derogar los distintos beneficios preliberacionales previstos tanto en el Código Penal Federal como en las legislaciones especiales de la Federación y las relativas a las entidades federativas, para que sólo fueran aplicables los establecidos en la Ley Nacional de Ejecución Penal. De igual forma, dispuso que los procedimientos que se encuentren en trámite a su entrada en vigor, deberán sustanciarse en términos de la legislación vigente al inicio de éstos, pero aplicando los mecanismos de control jurisdiccional previstos en la ley nacional aludida, de acuerdo con el principio de mayor beneficio para la persona contenido en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|255|20-" >1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>. Ahora bien, los beneficios preliberacionales, al constituir mecanismos de control jurisdiccional, no impactan en un tema procesal sino en un aspecto sustantivo al estar vinculados directamente con la libertad personal, la igualdad de los sentenciados y su derecho a la reinserción social, de ahí que no sea aplicable la excepción contenida en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100860|1|2-" >cuarto transitorio</a> del decreto de reforma constitucional que implementó el sistema de justicia penal acusatorio y oral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008. Por ende, si esos beneficios inciden en las afectaciones a la libertad personal derivadas de la pena que el legislador considera necesaria para cumplir con los fines sustantivos de ésta, no hay razón para dar un trato desigual a los condenados bajo sistemas procesales distintos, si los beneficios introducidos por la Ley Nacional de Ejecución Penal resultan más favorables

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
10 de mayo de 2019

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Norma Lucía Piña Hernández
Epoca
Décima Época