<p>BONO DE DESPENSA Y PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE. FACTORES PARA DETERMINAR SI LOS AUMENTOS APLICADOS A LOS TRABAJADORES EN ACTIVO, A TRAVÉS DE LOS OFICIOS CIRCULARES 307-A-4064, 307-A-3796, Y 307-A-2468 EMITIDOS POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, SON COMPATIBLES A LOS PENSIONADOS PARA EFECTOS DEL ARTÍCULO <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="415|15|451-" >57, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DEL INSTITUTO DE
50
Resumen
<p>El precepto indicado y su correlativo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100836|2|86-" >43 del Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado</a>, señalan que los pensionados tendrán derecho, en su proporción, a las prestaciones en dinero que les sean aumentadas de manera general a los trabajadores en activo, siempre y cuando les resulten compatibles. Pues bien, la compatibilidad aludida se refiere a dos aspectos objetivos: primero, a que sean compatibles con la naturaleza de pensionado, esto es, que el motivo para percibirlas no se encuentre estrechamente vinculado con la prestación del servicio activo; segundo, que el derecho a percibirlas se prevea en una norma. Asimismo, a un tercer aspecto subjetivo, relativo a que se encuentren vinculadas a los sujetos pensionados, en sentido de que exista identidad o equivalencia entre la dependencia y el cargo en el cual el pensionista prestó sus servicios en el último año inmediato anterior a la fecha de la baja que originó el derecho a percibir la pensión, y las dependencias y categorías de puestos a los que corresponden los aumentos otorgados a los trabajadores en activo. Aspecto que se encontrará sujeto a prueba en cada caso particular. Bajo ese contexto, los primeros dos factores para estimar que son compatibles los aumentos aplicados a los trabajadores en activo, a través de los oficios circulares 307-A-4064, 307-A-3796, y 307-A-2468, de 18 de agosto de 2011, 1 de agosto de 2012 y 24 de julio de 2013, respectivamente, se actualizan en tanto que las prestaciones "Bono de Despensa" y "Previsión Social Múltiple" no se encuentran estrechamente vinculadas a la prestación del servicio activo; y el derecho a percibirlas como pensionado se prevé en el artíc
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 8 de julio de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 50
- Sala
- 50
- Ponente
- Jesús Antonio Nazar Sevilla
- Epoca
- Décima Época