Tesis Aisladas

<p>BULLYING ESCOLAR. ESTÁNDAR PARA ACREDITAR LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL DAÑO MORAL GENERADO EN UN MENOR.</p>

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Resumen

<p>Para que se acredite responsabilidad civil por el bullying que sufrió un menor, deberá corroborarse: (1) la existencia del bullying; (2) el daño físico o psicológico; y (3) el nexo causal entre el bullying y el daño. Cuando se demande a la escuela deberá probarse, además, (4) la negligencia del centro escolar. Ahora bien, el segundo elemento constitutivo del estándar, el daño moral, se actualiza por toda la gama de sufrimientos y dolores físicos o psíquicos que haya padecido la víctima como consecuencia del acoso escolar. En este sentido, se acreditará el daño moral del niño por bullying cuando se demuestren diversas agresiones que incluso siendo en sí y por separado leves, terminen produciendo menoscabo a la integridad moral al ejecutarse de forma reiterada, sistemática y habitual, de tal suerte que impliquen alteraciones psicoemocionales que repercutan en los ámbitos social, afectivo y académico de un menor de edad.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
6 de noviembre de 2015

Organo emisor

Tribunal
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Sala
1
Ponente
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
Epoca
Décima Época