<p>BULLYING ESCOLAR. LOS MENORES CON TRASTORNOS DE DÉFICIT DE ATENCIÓN CON HIPERACTIVIDAD SE ENCUENTRAN EN UNA SITUACIÓN DE ESPECIAL VULNERABILIDAD QUE EXIGE LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN REFORZADAS POR PARTE DE LAS AUTORIDADES ESCOLARES.</p>
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Resumen
<p>Los niños diagnosticados con Trastorno de Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH) se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad por lo que merecen medidas de protección reforzadas. Generalmente, el TDAH se asocia con limitaciones que afectan directamente el entorno social del niño, imponiéndole dificultades de aprendizaje y para relacionarse, así como padecimientos psicológicos -como baja autoestima-, que comúnmente ponen en riesgo el desempeño académico y la adaptación social del menor en sus centros de estudio. Las características que tienen los niños con TDAH, su vulnerabilidad social y psicológica, y la posibilidad de que por restricciones del entorno no desarrollen plenamente sus capacidades, colocan al menor en una situación de riesgo. En consecuencia, las autoridades escolares y administrativas deben tomar medidas de protección reforzadas para evitar, tratar y remediar cualquier situación de hostigamiento que sufra el menor.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 16 de octubre de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 1
- Sala
- 1
- Ponente
- Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
- Epoca
- Décima Época