<p>BULLYING ESCOLAR. TIPO DE AGRESIONES QUE PERMITEN PRESUMIR SU EXISTENCIA.</p>
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Resumen
<p>Si se demuestra la ocurrencia de agresiones verbales o físicas, con un carácter más o menos reiterado, será válido presumir que existe una situación de acoso. Tal presunción se justifica debido a que el acoso escolar puede ser difícil de advertir o probar, ya que es frecuente que las víctimas estén demasiado asustadas para comunicar su situación o formular una denuncia. Del mismo modo, diversos estudios señalan una tendencia a que el fenómeno pase desapercibido para los adultos. En efecto, en un alto número de supuestos las agresiones físicas o no existen, o por su levedad no dejan huella susceptible de objetivación; además, es recurrente confundir el acoso escolar con incidentes aislados. Es por ello imprescindible que profesores y autoridades escolares estén especialmente atentos a la ocurrencia del fenómeno. En esa línea, el juzgador debe evaluar los hechos constitutivos del bullying de acuerdo a su complejidad.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 6 de noviembre de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 1
- Sala
- 1
- Ponente
- Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
- Epoca
- Décima Época