<p>CAJEROS AUTOMÁTICOS. SI EN LA CUENTA DEL USUARIO HAY UN RETIRO SUPERIOR AL LÍMITE EN UN MISMO DÍA, ESE HECHO SE CONSIDERA IRREGULAR EN EL SISTEMA ELECTRÓNICO DEL BANCO, EL CUAL NO PUEDE ATRIBUIRSE AL USUARIO Y DEBE DESVIRTUARSE POR LA INSTITUCIÓN BANCARIA. </p>
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Resumen
<p>En términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="181|48|787-" >77 de la Ley de Instituciones de Crédito</a>, dichas instituciones prestarán los servicios previstos en el <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="181|48|477-" >46</a> de esta ley, de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables, y con apego a las sanas prácticas que propicien la seguridad de esas operaciones y procuren la adecuada atención a los usuarios de esos servicios. En esta tesitura, las Disposiciones de Carácter General aplicables a las Instituciones de Crédito, en su artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100902|1|4-" >315</a>, en relación con el diverso numeral <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100902|1|2-" >1, fracción CXVIII</a>, que establece: "Para efectos de las presentes disposiciones, se entenderá por: ...CXVIII. Operación monetaria: a la transacción que implique transferencia o retiro de recursos dinerarios. Las operaciones monetarias podrán ser: a) Micro pagos: operaciones de hasta el equivalente en moneda nacional a 70 UDIS; b) De baja cuantía: operaciones de hasta el equivalente en moneda nacional a 250 UDIS diarias; c) De mediana cuantía: operaciones de hasta el equivalente en moneda nacional a 1,500 UDIS diarias; d) Por montos superiores al equivalente en moneda nacional a 1,500 UDIS diarias.". En el caso particular, no es aceptable que una institución financiera atribuya a un usuario la disposición de dinero en efectivo mediante cajeros por montos que excedan los límites permitidos diariamente pues, de hacerlo así, se estarían contrariando las disposiciones citadas, las cuales deben ser observadas por las inst
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 18 de enero de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Adalberto Eduardo Herrera González
- Epoca
- Décima Época