<p>CARTA DE RECOMENDACIÓN. AL TRATARSE DE UNA "PRESTACIÓN EXTRALEGAL", EL TRABAJADOR DEBE ACREDITAR EL DERECHO A SU EXPEDICIÓN.</p>
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Resumen
<p>La "carta de recomendación", es un documento expedido por el patrón en favor del trabajador, en la cual se exponen, siempre de manera positiva, las capacidades, conocimientos, características y cualidades del empleado que está siendo recomendado para ocupar un determinado puesto, es decir, para respaldar su desempeño laboral ante terceros o un futuro empleador; supuesto que es diverso a las constancias a que se refieren las <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|36|1025-" >fracciones VII y VIII del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo</a> (constancia escrita del número de días trabajados y salario percibido, así como la relativa a sus servicios) e, incluso, a la hipótesis prevista en el numeral <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|36|626-" >81</a> (constancia anual de antigüedad para efecto de su periodo vacacional y la fecha en que habrá de disfrutarse), pues de esos preceptos se advierte que la naturaleza de las constancias ahí señaladas es diversa a la "carta de recomendación" referida, porque en aquéllas únicamente se hace constar por el patrón la existencia de la relación laboral, su duración y los derechos que de ella puedan generarse, lo que, en sí mismo, no implica una recomendación para ser considerado y ocupar un cargo. Por ende, si el trabajador en el capítulo de "prestaciones" de su demanda solicita la expedición de una carta de recomendación, se está en presencia de una "prestación" que no se encuentra prevista en la legislación laboral, de lo que se concluye que es de naturaleza extralegal, por lo que corresponde al trabajador acreditar el derecho a su expedición.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 19 de octubre de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Juan Carlos Moreno Correa
- Epoca
- Décima Época