<p>CENTROS DE VERIFICACIÓN VEHICULAR. NO CUALQUIER IRREGULARIDAD DETECTADA EN EL CURSO DE SU OPERACIÓN JUSTIFICA NEGAR LA SOLICITUD DE REVALIDACIÓN, NI BASTA CON INVOCARLAS, EN TANTO ES NECESARIO QUE ÉSTAS SEAN PONDERADAS.</p>
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Resumen
<p>Si bien conforme a la normatividad aplicable, ante una solicitud de revalidación de permiso para operar un verificentro la autoridad debe valorar la regularidad con que éste ha funcionado, esto no significa que cualquier irregularidad detectada durante la operación del mismo obligue a la autoridad a negar la revalidación, como tampoco que cualquier irregularidad que en determinado momento se hubiese detectado en la operación o en la formulación misma de la solicitud de revalidación pueda justificar semejante negativa. En principio, porque cualquiera de tales entendimientos haría nugatorio, por absoluto, ya sea la facultad de la administración de decidir o el derecho a la seguridad jurídica del particular y el derecho a no ser objeto de arbitrariedades; extremos que no pueden soslayarse ni excluirse uno al otro y que, antes bien, deben procurar ser conciliados, pues ambos enarbolan aspectos centrales en las relaciones entre particulares y la administración pública. Esto significa también que si la negativa ha de basarse en razones, no de orden público, sino de la situación de (ir)regularidad legal del establecimiento y su operación, éstas deben ser, primero, claramente explicitadas en la negativa y, además de explicitadas, ponderadas de modo tal que revelen que es por su importancia, gravedad o reiteración que se justifica la negativa. Lo anterior, máxime la multiplicidad de las normas ambientales, administrativas y operativas que deben observarse, tanto para la sola presentación de la solicitud de una revalidación, como durante la operación del verificentro, lo que podría llevar a sujetar a los particulares a una misma consecuencia sin importar el tipo de obligación incumplida y/o su gravedad, e implicaría sujetarlos a decisiones arbitrarias e irrespetuosas de todo principio de proporcionalidad, pues, por ejemplo, bastaría con que no presenten sus documentos en carpetas blancas -como lo requiere la normativa operativa- para negar la revalidación. Así, la respuest
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 27 de abril de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- María Amparo Hernández Chong Cuy
- Epoca
- Décima Época