Tesis Aisladas

<p>CERTIFICADOS DE ENERGÍAS LIMPIAS. CONTRA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 68 DE LA LEY DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, ES IMPROCEDENTE CONCEDER LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO INDIRECTO.</p>

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Resumen

<p>Con motivo de la reforma a los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|247|260-130|247|1520-130|247|1564-" >25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, dentro de las comúnmente conocidas reformas estructurales propuestas por el Ejecutivo Federal se estableció, esencialmente, sobre la base de que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que: el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas definidas; corresponden sólo a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; y, en estas actividades no se otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, las cuales determinarán la forma en que éstos podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica. Lo anterior, en la inteligencia de que en las normas transitorias del decreto correspondiente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013 se estableció que, derivado de su carácter estratégico, el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica se considera de interés social y orden público y que, en materia de electricidad, la ley establecerá a los participantes de la industria eléctrica obligaciones de energías limpias y reducción de emisiones contaminantes, materia que se encuentra ampliamente regulada en las leyes de la Industria Eléctrica y de Transición Energética, esta última, vigente a partir del 25 de diciembre de 2015. De estos ordenamientos, que a su vez resultan ser reglamentarios de aquellas normas constitucionales se advierte que con la finalidad de incrementar y promover el uso de energías limpias en los procesos industriales llevad

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
3 de junio de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
David Próspero Cardoso Hermosillo
Epoca
Décima Época