Tesis Jurisprudenciales

<p>LINEAMIENTOS DE CLASIFICACIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DE LAS TRANSMISIONES RADIODIFUNDIDAS Y DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN Y AUDIO RESTRINGIDOS. LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS JUICIOS DE AMPARO EN LOS QUE SE DEMANDA SU INCONSTITUCIONALIDAD CORRESPONDE A LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.</p>

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Resumen

<p>De acuerdo con la jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2010928" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>2a./J. 119/2015 (10a.)</a>, corresponde a los Juzgados de Distrito y a los Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Administrativa conocer de los juicios de amparo y de los recursos respectivos cuando el asunto de que se trata verse sobre cuestiones relacionadas con los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones, que no entrañen el análisis de aspectos técnicos de su regulación, como acontece con los lineamientos referidos, que emite el subsecretario de Normatividad de Medios de la Secretaría de Gobernación, quien tiene el carácter de autoridad administrativa, pues si bien tienen incidencia en la prestación de tales servicios y, por ende, forman parte del marco normativo que regula los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, lo cierto es que no comprenden aspectos técnicos que por su complejidad requieran ser analizados por los órganos especializados, pues únicamente establecen los criterios que deben observar los concesionarios y los prestadores de los servicios públicos citados para clasificar los contenidos de los materiales grabados para efecto de su transmisión, de lo que se sigue que corresponde a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa conocer del juicio de amparo en el que se reclame la inconstitucionalidad de los lineamientos mencionados.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
18 de mayo de 2018

Organo emisor

Tribunal
2
Sala
2
Ponente
Alberto Pérez Dayán
Epoca
Décima Época