COMPETENCIA PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA EL DECRETO QUE PREVÉ LA TRANSFERENCIA DE LAS APORTACIONES DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES PARA EL RETIRO AL FONDO DE PENSIONES PARA EL BIENESTAR. CORRESPONDE A LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Resumen
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al determinar el órgano competente para conocer del amparo indirecto contra el decreto que prevé la transferencia de los recursos e ingresos generados por las aportaciones de los trabajadores a sus cuentas individuales para el retiro, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2024. Mientras que unos sostuvieron que lo reclamado se relaciona con la regulación de recursos públicos y su conocimiento corresponde a un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa; el otro determinó que los recursos e ingresos se generaron con motivo de una relación laboral (aportaciones realizadas por el trabajador), por lo que es competente un juzgado en esa materia. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, determina que corresponde a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa conocer de los amparos indirectos promovidos contra el decreto que prevé la transferencia de las aportaciones de las cuentas individuales para el retiro, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Justificación: Conforme a la jurisprudencia 2a./J. 68/2019 (10a.) , de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en caso de que el juicio de amparo se promueva contra decretos legislativos debe acudirse al bien jurídico o interés fundamental tutelado en las normas generales que los contienen, pues así se asegura que el juzgador que se pronuncie sobre su constitucionalidad se encuentra especializado en la materia correspondiente. El "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para ...
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Jurisprudencia
- Numero de resolucion
- PR.P.T.CS. J/48 L (11a.)
- Fecha de resolucion
- 27 de junio de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Suprema Corte de Justicia de la Nacion
- Sala
- Pleno
- Ponente
- Magistrado Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz
- Epoca
- Undecima Epoca
- Tesis
- PR.P.T.CS. J/48 L (11a.)