Administrativa Jurisprudencia

COMPETENCIA PARA CONOCER DE AMPAROS INDIRECTOS CONTRA NORMAS QUE PREVEAN EL TRATAMIENTO O RESGUARDO DE DATOS PERSONALES REGULADOS EN LA LEY GENERAL EN MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS Y DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN. SE ACTUALIZA EN FAVOR DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO NO ESPECIALIZADOS EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: Varias personas promovieron amparos indirectos contra diversos artículos de la Ley General de Población y de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas que regulan el uso y tratamiento de datos biométricos. Los Juzgados de Distrito del Estado de Guanajuato se declararon incompetentes pues consideraron que se surtía la competencia en favor de los Juzgados de Distrito en el Estado de Aguascalientes, especializados en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales. Dichos Juzgados no aceptaron la competencia declinada al estimar que no se actualizaba su especialización, pues los actos reclamados versaban sobre la constitucionalidad de normas generales que buscan combatir un problema de seguridad pública mediante la recolección de información. Criterio jurídico: La competencia para conocer de amparos indirectos contra normas que prevean el tratamiento o resguardo de datos personales regulados en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y de la Ley General de Población, se actualiza en favor de los Juzgados de Distrito no especializados en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales. Justificación: La especialización jurisdiccional prevista en el Acuerdo General 8/2025 , del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la habilitación de Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados de Circuito para conocer de los asuntos en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, tiene como propósito fortalecer la tutela judicial en dicha materia sin que ello implique una ampliación de la competencia material a toda controversia en que se invoquen derechos relacionados con la privacidad o el manejo de datos biométricos. En consecuencia, los órganos especializad...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
XXX.4o. J/1 A (12a.)
Fecha de resolucion
16 de enero de 2026

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
Bryan Mauricio Alafita Sáenz
Epoca
Duodecima Epoca
Tesis
XXX.4o. J/1 A (12a.)