<p>COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN JUICIO DE AMPARO EN EL QUE ADEMÁS DE CUESTIONARSE LA LEGALIDAD DE LOS ACTOS DE APLICACIÓN DE UNA LEY, TAMBIÉN SE CONTROVIERTE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA DISPOSICIÓN EN QUE AQUÉLLA SE FUNDAMENTA. SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE CUYA MATERIA VERSE EL TEMA DE CONSTITUCIONALIDAD.</p>
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Resumen
<p>Cuando se plantea el conflicto competencial para conocer de un juicio de amparo en el que además de cuestionarse la legalidad de los actos de aplicación de una ley, también se controvierta la constitucionalidad de la disposición legal en que se fundamenta la competencia, ésta deberá recaer en el juzgador de amparo de cuya materia verse el tema de constitucionalidad del ordenamiento en sí mismo, y de su proceso de creación, sobre todo cuando el planteamiento de constitucionalidad, significaría la inaplicabilidad de la ley en que se funda el acto reclamado, lo que redundaría en un mayor beneficio para la quejosa, ya que el acto reclamado carecería de base legal.</p><br><p>NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 7 de abril de 2017
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Gonzalo Hernández Cervantes
- Epoca
- Décima Época