<p>COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA UNA ORDEN DE APREHENSIÓN. SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO CON JURISDICCIÓN EN EL LUGAR DONDE RADICA LA AUTORIDAD QUE LA EMITIÓ, CUANDO UNA VEZ RENDIDOS LOS INFORMES JUSTIFICADOS DESAPARECE LA POSIBILIDAD DE EJECUCIÓN EN MÁS DE UN DISTRITO A QUE SE REFIERE EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 37 DE LA LEY DE AMPARO.</p>
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Resumen
<p>Del precepto indicado se advierte que la competencia para conocer del juicio de amparo, cuando el acto reclamado puede tener ejecución en más de un Distrito o ha comenzado a ejecutarse en uno de ellos y sigue ejecutándose en otro, recae en el Juez de Distrito ante el que se presente la demanda. Dicha posibilidad surge con el señalamiento de autoridades ejecutoras con injerencia en distintas demarcaciones territoriales y se toma en consideración para que el Juez de amparo que reciba la demanda sea momentáneamente competente. Ahora bien, tratándose de la orden de aprehensión, si al rendir los informes justificados las autoridades responsables ejecutoras niegan los actos reclamados y el quejoso no desvirtúa esa negativa, es inconcuso que esa posibilidad de ejecución en distintos Distritos desaparece, pues al no existir otro elemento cierto y objetivo que sirva para concluir categóricamente que el acto se ejecutará en otro ámbito territorial y no donde se emitió la orden de aprehensión, debe conocer del procedimiento constitucional, conforme a la regla prevista en el <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|74-" >párrafo primero del artículo 37 de la Ley de Amparo</a>, el Juez de Distrito con jurisdicción en el lugar donde radica la autoridad que la emitió pues, por regla general, es en ese sitio donde el acto deberá tener ejecución.</p><br><p>PLENO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 13 de abril de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 50
- Sala
- 50
- Ponente
- Lilia Mónica López Benítez
- Epoca
- Décima Época