Administrativa Jurisprudencia

COMPETENCIA POR MATERIA PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LOS DECRETOS POR LOS QUE SE EXPIDEN LA LEY ORGÁNICA Y LA LEY DE CARRERA JUDICIAL, AMBAS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. CORRESPONDE A LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.

Suprema Corte de Justicia de la Nacion

Resumen

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar conflictos competenciales derivados de juicios de amparo indirecto en los que se reclamaron diversos artículos de la Ley de Carrera Judicial y de la Ley Orgánica, ambas del Poder Judicial de la Federación. Mientras que uno estimó que es competente el Juzgado de Distrito en Materia de Trabajo; el otro consideró que lo es el Juzgado de Distrito en Materia Administrativa. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, determina que la competencia para conocer de los amparos indirectos contra los decretos por los que se expiden la Ley Orgánica y la Ley de Carrera Judicial, ambas del Poder Judicial de la Federación, corresponde a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa. Justificación: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 37/2019 , de la cual derivó la jurisprudencia 2a./J. 68/2019 (10a.) , sostuvo que tratándose de asuntos en los que se reclame una norma o disposición de carácter general, la competencia del órgano de amparo debe fincarse en atención al bien jurídico que tutela. Por tanto, como las leyes mencionadas regulan la estructura orgánica del Poder Judicial de la Federación, el desarrollo de la carrera judicial y los procedimientos de responsabilidad administrativa contra servidores públicos, así como los medios de impugnación a su alcance, la competencia para conocer de los juicios de amparo indirecto en su contra se surte en favor de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, ya que su bien jurídico o interés fundamental es de carácter administrativo. PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
PR.A.C.CS. J/30 A (11a.)
Fecha de resolucion
5 de septiembre de 2025

Organo emisor

Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Sala
Pleno
Ponente
Magistrada Rosa Elena González Tirado
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
PR.A.C.CS. J/30 A (11a.)