Administrativa Jurisprudencia

COMPETENCIA POR MATERIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS SUSCITADOS ENTRE EL PERSONAL DE LOS CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL Y EL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL, CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS. CORRESPONDE AL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: Las personas quejosas demandaron ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa la nulidad de las resoluciones mediante las cuales el comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social dejó sin efectos el nombramiento de algunas de ellas y comunicó el cambio de adscripción de otra, a un diverso Centro de Readaptación Social. El tribunal sobreseyó el juicio respecto de algunos, y desechó la demanda por improcedente, por lo que hace a otro, al considerar que la relación entre aquéllas y la parte demandada es de naturaleza laboral, por lo que carecía de competencia por materia para conocer del asunto. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa es competente para conocer de los conflictos suscitados entre el personal de los Centros Federales de Readaptación Social y el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, con motivo de la prestación de sus servicios. Justificación: El vínculo del personal de los Centros Federales de Readaptación Social con su empleador (Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social), es de carácter administrativo, pues tiene la tarea de vigilar, proteger y dar seguridad tanto a las instalaciones como a las personas recluidas, por lo que se regula en los artículos 101 y 102 de su reglamento, los que no realizan distinción, salvedad o excepción alguna, de lo cual deriva que su calidad es especial frente al resto de los servidores públicos a los cuales les son aplicables las disposiciones del derecho del trabajo; tan es así que el artículo 8o. de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado excluye de su regulación a los empleados de los establecimientos penitenciarios. Por tanto, los conflictos suscitados con motivo de la prestación de sus servicios no deben ser sometidos a la jurisdicción del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, aun cuando su objeto sea ...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
III.1o.A. J/15 A (11a.)
Fecha de resolucion
20 de junio de 2025

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
Gerardo Vázquez Morales
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
III.1o.A. J/15 A (11a.)