Constitucional Tesis Aislada

CONCESIÓN MINERA. SU SOLICITUD NO GENERA EL DERECHO A SU OTORGAMIENTO.

Suprema Corte de Justicia de la Nacion

Resumen

Hechos: En dos mil diecisiete, una empresa solicitó una concesión de conformidad con la Ley Minera vigente en esa época, la cual señalaba, en términos de los artículos 12 bis, 13 y 14 , que las concesiones se otorgarían sobre el terreno libre al primer solicitante en tiempo que cumpliera con ciertos requisitos. El ocho de mayo de dos mil veintitrés se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reformó la Ley Minera para ahora denominarse Ley de Minería. Entre las modificaciones, se estableció que las concesiones sólo se otorgarán mediante licitación pública, por lo que se eliminó el concepto de terreno libre. En consecuencia, el artículo quinto transitorio del señalado decreto estableció que las solicitudes de concesión minera en trámite se desecharán de plano, ya que la única forma de acceder a una concesión sería mediante licitación. Debido a que la empresa no recibió una respuesta a su solicitud de concesión y en atención a la reforma legal señalada, promovió un juicio de amparo en el que reclamó la eliminación de la figura de terreno libre. La empresa también argumentó que el artículo quinto transitorio del decreto de reforma, que permite desechar las solicitudes en trámite, desconoce sus derechos adquiridos, ya que presentó su solicitud de concesión antes de que entrara en vigor el decreto de reforma. El Juez de Distrito sobreseyó en el juicio al considerar que las normas reclamadas requerían de un acto de aplicación que incidiera en la esfera jurídica de la empresa, lo que no se acreditó. Inconforme, la empresa interpuso un recurso de revisión. El Tribunal Colegiado de Circuito que conoció de ese recurso decidió que el juicio era procedente y lo remitió a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver el problema de constitucionalidad planteado sobre la reforma legal. Criterio jurídico: La reforma a la Ley Minera que cambió su denominación a Ley de Minería, que eliminó la figura del terreno libre y permitió el desechamiento de l...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aislada
Numero de resolucion
1a. XLVII/2025 (11a.)
Fecha de resolucion
29 de agosto de 2025

Organo emisor

Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Sala
Primera Sala
Ponente
Ana Margarita Ríos Farjat
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
1a. XLVII/2025 (11a.)