Tesis Aisladas

<p>CONDOMINIOS. LA COMPETENCIA PARA RESOLVER CONFLICTOS ENTRE LOS CONDÓMINOS Y EL ADMINISTRADOR SE SURTE EN FAVOR DE UN JUEZ EN MATERIA CIVIL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO).</p>

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Resumen

<p>El artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="201104|1|13-" >1 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles del Estado de Quintana Roo</a>, en relación con el diverso numeral <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200651|1|9-" >66, fracción VI (sic), de la Ley Orgánica del Poder Judicial</a> de la entidad, disponen que las relaciones entre los condóminos y su administrador se regulan por la materia civil; razón por la cual, los conflictos que surjan entre ellos, deben ser resueltos por un Juez en esta materia.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
8 de febrero de 2019

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Javier Espinosa Maldonado, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos de los artículos 26, párrafo segundo y 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales
Epoca
Décima Época