<p>CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE JUECES DE DISTRITO. ES INEXISTENTE CUANDO SE HACE DERIVAR DEL TURNO DE LOS ASUNTOS.</p>
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Resumen
<p>Conforme a los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|243|1110-" >106 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|2|96-" >48 de la Ley de Amparo</a> y <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="2569|24|283-" >37, fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación</a>, para estimar que existe un conflicto de competencia entre Jueces de Distrito, que deba ser resuelto por un Tribunal Colegiado de Circuito, es menester que los referidos juzgadores se nieguen a conocer de un asunto en materia de amparo, al considerar que carecen de competencia por razón de grado, de territorio o de materia, y no por una cuestión de turno, el cual constituye sólo una forma de distribuir la labor judicial, es decir, un prorrateo de los expedientes entre varios juzgados que tienen igual competencia. En ese orden, las controversias suscitadas entre los Juzgados de Distrito con motivo de la aplicación de las normas que regulan el turno de los asuntos no constituyen en sí un conflicto de competencia legal, sino una cuestión de turno, la cual en atención al artículo <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/acuerdo/2591" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>44, sección octava, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales</a>, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2015, en vigor al día siguiente, debe ser dirimida de plano y en breve tiempo mediante consulta realizada ante la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, si
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 5 de junio de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 50
- Sala
- 50
- Ponente
- Fernando Hernández Piña
- Epoca
- Décima Época