<p>CONSTANCIAS QUE INTEGRAN LA AVERIGUACIÓN PREVIA. CUANDO SON REQUERIDAS POR EL JUEZ DE DISTRITO PARA LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO DE AMPARO, EL MINISTERIO PÚBLICO SEÑALADO COMO RESPONSABLE PUEDE REMITIRLAS EN MEDIOS ÓPTICOS Y DIGITALES.</p>
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Resumen
<p>El Ministerio Público, autoridad señalada como responsable, al solventar un requerimiento hecho por el Juez de Distrito para la tramitación del juicio constitucional, de remitir la totalidad de las constancias que integran la averiguación previa, puede llevarlo a cabo mediante un disco versátil digital (DVD), lo cual, para efectos del juicio de amparo, constituye una documental que se desahoga por sí misma, pues aun cuando se requiere de equipo electrónico para acceder a la información contenida en el disco, la difusión y popularización de las nuevas tecnologías son tales que actualmente es posible reproducir el contenido de un disco óptico (o soportes materiales similares) en cualquier computadora, equipo que en este momento es el instrumento personal de trabajo más usual en cualquier órgano jurisdiccional federal, de manera que cualquier actuario, secretario o titular puede acceder a la información escrita plasmada en un expediente soportado en papel.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 7 de septiembre de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Horacio Armando Hernández Orozco
- Epoca
- Décima Época