Tesis Aisladas

<p>CONTRATO DE SEGURO. EL ARTÍCULO <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="2591|10|730-" >70</a> DE LA LEY RELATIVA NO VIOLA EL DEBER DE PROTECCIÓN A LOS CONSUMIDORES.</p>

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Resumen

<p>El precepto citado, al prever que las obligaciones de la empresa aseguradora quedarán extinguidas si demuestra que el asegurado, el beneficiario o los representantes de ambos, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluirían o podrían restringir dichas obligaciones, no viola la libertad contractual en las relaciones de consumo o el deber de protección a los consumidores ordenado en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|1564-" >28, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, ya que se refiere al supuesto de la declaración fraudulenta, cuya demostración corre a cargo de la aseguradora, con pruebas suficientes para desvirtuar la presunción de buena fe que prevalece sobre las declaraciones efectuadas por el asegurado, el beneficiario o algún representante de éstos, al dar el aviso de siniestro, y dichas pruebas se entienden recabadas previamente en la investigación extrajudicial llevada a cabo por la empresa, como prestadora del servicio, a quien corresponde determinar técnicamente las circunstancias del siniestro y sus consecuencias; además de que el disimulo o las declaraciones inexactas deben recaer solamente en los hechos determinantes del siniestro que, de conocerse, configurarían alguna exclusión o limitación que harían decaer o al menos reducir las obligaciones de la empresa. Lo anterior, sobre la base de que la aseguradora, en el ejercicio de su facultad-carga de pedir toda clase de información a quien dio el aviso del siniestro, debe actuar profesionalmente y de buena fe, garantizando el derecho de información del usuario del servicio de seguro, mediante la formulación de cuestionarios que guíen sobre los hechos importantes o necesarios para conocer las circunstancias del siniestro y sus consecuencias, así como teniendo claridad y precisión en las comunicaciones con el usua

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
15 de junio de 2018

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
José Ramón Cossío Díaz
Epoca
Décima Época