<p>COPIAS CERTIFICADAS DE ACTUACIONES JUDICIALES SOLICITADAS POR TERCEROS EXTRAÑOS AL JUICIO EN EJERCICIO DE SU DERECHO DE AUDIENCIA. PARA SU EXPEDICIÓN, DEBEN ACREDITAR QUE SE REQUIEREN PARA DEFENDER SUS DERECHOS EN OTRO JUICIO O MEDIO DE DEFENSA.</p>
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Resumen
<p>Si bien quienes no sean parte en un juicio (terceros extraños), tienen la posibilidad de solicitar la expedición de copias certificadas de actuaciones judiciales, en virtud del ejercicio del derecho de audiencia establecido en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|251|150-" >14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, lo cierto es que ese derecho no es absoluto, sino que exige la reunión de requisitos mínimos, como acreditar que las copias se requieren para defender sus derechos en otro juicio o medio de defensa. Lo anterior es así, pues el derecho humano de acceso a la información, no puede desvincularse del derecho a la protección de datos personales y a la privacidad de las partes que acuden a los órganos de impartición de justicia, lo que implica que el juzgador debe velar porque no se afecte ninguno de ellos, respetando los procedimientos legales establecidos al efecto.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 12 de mayo de 2017
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Mayra González Solís
- Epoca
- Décima Época