Tesis Jurisprudenciales

<p>COSTAS. EL ARTÍCULO <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|64|8396-" >1084, FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO DE COMERCIO</a>, AL ESTABLECER SU PAGO A QUIEN FUERE CONDENADO POR DOS SENTENCIAS CONFORMES DE TODA CONFORMIDAD, NO VIOLA EL DERECHO DE ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.</p>

1

Resumen

<p>El citado precepto, al establecer la condena al pago de costas a quien condenado en ambas instancias tratándose de sentencias conformes de toda conformidad en su parte resolutiva, no viola el derecho de acceso a la administración de justicia contenido en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|180-" >17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, ya que permite a los gobernados acudir a ejercer algún derecho ante los tribunales que se encuentran expeditos para administrar justicia. Lo anterior es así, en virtud de que la referida condena en costas obedece a los intereses de orden público tutelados por el precepto constitucional referido y tiene su fundamento en el hecho de que el vencedor debe ser reintegrado plenamente en el goce de su derecho y resarcido del daño sufrido en su patrimonio a causa de un juicio que se vio forzado a seguir, ya sea porque no se satisficieron las pretensiones de su contraparte o porque se le demandó indebidamente.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
13 de julio de 2018

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Sergio A
Epoca
Décima Época