Tesis Aisladas

<p>CRÉDITO BARATO OTORGADO POR EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES (INFONACOT). VIGENCIA.</p>

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Resumen

<p>La lectura de la exposición de motivos de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot) y el propio texto de ese ordenamiento, conducen al intérprete a la afirmación de que el concepto de crédito barato es incompatible con la vigente filosofía del instituto en cita, estructurada bajo la idea de que es mejor obtener la mayor cantidad de dinero con miras a generar la mayor cantidad de créditos a la tasa de interés más competitiva del mercado, en comparación con la banca privada y las tiendas departamentales (de ahí el término "mejores condiciones del mercado" que anima tal visión). No obstante, el concepto de "crédito barato" está vigente en la Ley Federal del Trabajo y en la ley del Infonacot, al menos por dos razones. En primer lugar, porque todo crédito de índole social, como los que el gobierno otorga a los trabajadores (quienes más que sujetos de crédito en atención a su patrimonio, son sujetos de crédito en atención a su trabajo, a la percepción de un salario, a sus necesidades y al hecho de pertenecer a un sector social del cual depende en gran medida el crecimiento y desarrollo productivo del país), necesaria y lógicamente debe ser barato, entendido éste conforme a la definición en otro lado proporcionada, donde destaca la ausencia de lucro y no como el resultado de comparar sus tasas con las establecidas por la banca privada o las tiendas departamentales (animadas por el lucro), pues ésa es una comparación incorrecta, que enfrenta situaciones y objetos de diferente naturaleza. Desde esta perspectiva, incorrecta, el crédito de dicho instituto siempre sería barato. No, el apelativo de "barato" es imbíbito o consustancial a todo crédito social, lo diga o no la ley del Infonacot, su exposición de motivos o la política macroeconómica que impulsó su reforma. Y lo es por razones que ven a su naturaleza jurídica, no por vía de una incorrecta comparación con otras entidades del sistema financiero mexicano. En segundo lugar,

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
7 de julio de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Víctor Francisco Mota Cienfuegos
Epoca
Décima Época