Tesis Aisladas

<p>CRÉDITOS DETERMINADOS CONFORME AL ARTÍCULO 41, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. EN LA HIPÓTESIS DE CONOCERSE DE MANERA FEHACIENTE LA CANTIDAD A LA QUE ES APLICABLE LA TASA O CUOTA CORRESPONDIENTE, LA COMPETENCIA MATERIAL RECAE EN LAS ADMINISTRACIONES LOCALES DE AUDITORÍA FISCAL, EN APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE INTERPRETACIÓN PRO HOMINE.</p>

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Resumen

<p>El artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="445|72|325-" >41, fracción II, del Código Fiscal de la Federación</a> establece el procedimiento para que las autoridades fiscales exijan a las personas obligadas a presentar declaraciones, avisos y demás documentos, que den cumplimiento a ese deber en el supuesto de no haberlo hecho dentro de los plazos señalados en las disposiciones relativas. Al efecto regula de manera independiente dos supuestos: a) si la declaración omitida es relativa a contribuciones periódicas para el pago de contribuciones, puede hacerse efectiva una cantidad igual al monto mayor que hubiera determinado a su cargo el contribuyente en cualquiera de las seis últimas declaraciones de la contribución de que se trate; y, b) si la omisión es relativa a una declaración de las que se conozca de manera fehaciente la cantidad a la que le es aplicable la tasa o cuota respectiva, podrá hacerse efectiva al contribuyente una cantidad igual a la contribución que a éste corresponda determinar. En ese sentido, en términos de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100364|4|6-100364|4|8-" >17, fracción XXXIV y 19, apartado A, fracción I, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria</a>, compete a las Administraciones Locales de Auditoría Fiscal ejercer la facultad de "determinar conforme al artículo 41 del Código Fiscal de la Federación, una cantidad igual a la determinada en la última o en cualquiera de las seis últimas declaraciones de que se trate o a la que resulte determinada por la autoridad"; mientras que los preceptos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100364|4|2-100364|4|22-" >14, fracción XL y 16</a> del propio reglamento disponen que las Administraciones Locales de Servic

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
11 de septiembre de 2015

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Diógenes Cruz Figueroa
Epoca
Décima Época