Tesis Aisladas

<p>DAÑO MORAL ATRIBUIDO A LAS PERMISIONARIAS DEL SERVICIO PÚBLICO DE AUTOTRANSPORTE TERRESTRE, POR CULPA IN VIGILANDO.</p>

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Resumen

<p>La interpretación sistemática de los artículos relativos del capítulo V, título primero, libro cuarto, del Código Civil vigente para la Ciudad de México, atinentes a las obligaciones que nacen de los actos ilícitos, en relación con la normatividad aplicable en la materia de autotransporte terrestre, conduce a estimar que las permisionarias del servicio de autotransporte terrestre incurren en responsabilidad, por culpa in vigilando, y están obligadas a responder por el daño moral causado en la prestación del servicio, al no adoptar las medidas idóneas y aptas para disminuir las posibilidades de que se cometan delitos relacionados con el transporte de sustancias ilícitas. Esto es así, porque en conformidad con los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25996|106|14864-25996|106|14906-" >1910 y 1916 del Código Civil</a> vigente para la Ciudad de México, en relación con el numeral <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25996|106|14969-" >1924</a> de ese ordenamiento, los patrones y dueños de establecimientos mercantiles están obligados a responder por el daño moral causado por sus dependientes, en el ejercicio de la función que realizan, aun cuando no hayan tenido una intervención directa en el evento dañoso, dados los deberes de supervisión y vigilancia que les impone el último de los preceptos citados. Sobre todo porque la actividad de dichas permisionarias se rige por distintos ordenamientos del ámbito federal y local, reglamentos y normas oficiales mexicanas en materia del servicio de autotransporte, que contienen disposiciones relacionadas no sólo con el tránsito del vehículo para la transportación de mercancía y de pasajeros, sino con las especificaciones técnicas, mecánicas, de peso y dimensiones necesarias que procuren la óptima prestación del servicio, con las responsabilidades y obligacione

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
9 de marzo de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Mauro Miguel Reyes Zapata
Epoca
Décima Época