<p>DEFENSA ADECUADA EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA. CRITERIO DE PONDERACIÓN APLICABLE ENTRE ESTE DERECHO RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 20, APARTADO B, FRACCIÓN VIII, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y EL INTERÉS PÚBLICO QUE CONLLEVA EL SECRETO FISCAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 69 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.</p>
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Resumen
<p>De conformidad con el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|150-" >14</a> en relación con el <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|210-" >20, apartado B, fracción VIII</a>, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que tutelan el derecho al debido proceso, el cual lleva inmerso el de adecuada defensa que implica el derecho de las partes a comparecer en la averiguación previa a ejercer su defensa, antes de que sea modificada su esfera jurídica, lo que implica que debe tratarse al individuo como un verdadero sujeto del proceso y no simplemente como un objeto de éste; en un juicio de ponderación entre el derecho humano de defensa adecuada, reconocido en el citado artículo 20 constitucional, respecto de la prerrogativa que le asiste al indiciado de ofrecer y desahogar pruebas durante la fase de averiguación previa y el interés público que conlleva el secreto fiscal contemplado en el diverso <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="445|71|542-" >69 del Código Fiscal de la Federación</a>, debe prevalecer el de defensa adecuada, al actualizarse la causa de excepción establecida en el primer párrafo del propio artículo 69, relativa a aquellos casos en que los datos correspondientes deben suministrarse a las autoridades judiciales en procesos del orden penal. Lo anterior, toda vez que como prevé el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="644|70|17-" >1o., fracción I, del Código Federal de Procedimientos Penales</a>, la averiguación previa a la consignación a los tribunales -que establece las diligencias legalmente necesarias para que el Ministerio Público pueda resolver si ejerce o no la acción penal-
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 21 de agosto de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Miguel Ángel Aguilar López
- Epoca
- Décima Época