Tesis Aisladas

<p>DEMANDA DE NULIDAD DE PAGARÉ O VOUCHER EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL. PARA SU ADMISIÓN BASTA QUE EL PROMOVENTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE ESTÁ IMPOSIBILITADO PARA PRESENTARLO (DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN) AL ENCONTRARSE EN PODER DE LA INSTITUCIÓN BANCARIA DEMANDADA.</p>

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Resumen

<p>Si el actor demanda en el juicio oral mercantil la nulidad de los pagarés o vouchers elaborados y expedidos al amparo de su tarjeta de débito de su cuenta de cheques y el Juez natural desecha su pretensión bajo el argumento de que el accionante no anexó a su demanda natural los documentos base de la acción, pues si bien el legislador establece como única excepción para la admisión de los documentos, que el actor manifieste, bajo protesta de decir verdad, que no cuenta con ellos y demuestre que previamente los solicitó a la dependencia o lugar en que se encuentran los originales y, en el caso, no sucedió así, por lo cual con apoyo en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|57|12028-" >1390 bis 13</a>, en relación con el diverso numeral <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|57|8221-" >1061, fracción III</a>, ambos del Código de Comercio, consideró que no procedía dar trámite a la demanda, sino desecharla, dicha actuación es ilegal, toda vez que en el caso se surtieron los requisitos necesarios para admitir la demanda del juicio oral mercantil, en cuanto a los documentos sustentantes de la pretensión, que deben acompañarse a la demanda. Lo anterior es así, ya que conforme a los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|57|12024-" >1390 bis 11, fracción V</a> y el citado 1390 bis 13, aplicable a los juicios orales en materia mercantil, en la demanda deben expresarse los hechos en que el actor funde su petición; así como precisarse y exhibirse los documentos públicos o privados que tengan relación con cada hecho, respecto de los cuales el actor debe señalar si los tiene en su poder o disposición, o bien, presentar el escrito sellado mediante el cual se haya solicitado el documento que no tuviere en su

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
19 de febrero de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
René Silva de los Santos
Epoca
Décima Época