DERECHO HUMANO AL AGUA. EFECTOS DE LA SENTENCIA DE AMPARO QUE ORDENA A LA AUTORIDAD MUNICIPAL A COORDINARSE CON LOS TRES ÁMBITOS DEL GOBIERNO PARA GARANTIZARLO.
Tribunal Colegiado de Circuito
Resumen
Hechos: Un comité de agua potable promovió amparo indirecto en contra de la omisión de diversas autoridades municipales de adoptar las medidas necesarias para evitar el corte del suministro de energía eléctrica en el pozo de su comunidad, el cual abastece de agua a múltiples familias. El Juez de Distrito sobreseyó el juicio al considerar que había concluido el compromiso adquirido por la autoridad, en el convenio celebrado para el pago de la energía eléctrica requerida para la operación del pozo. Además, consideró que, en términos de la fracción III del artículo 115 constitucional, los comités de agua pueden coadyuvar con el Ayuntamiento para efecto de proporcionar el recurso hídrico a los habitantes de su demarcación. Asimismo, el juzgador señaló que la parte quejosa no acreditó haber solicitado la intervención del Ayuntamiento para atender dicha problemática, por lo que concluyó que no se podía estimar que esa autoridad estuviera obligada a solucionar el problema del abastecimiento de agua. En contra de esta determinación, la parte quejosa interpuso recurso de revisión. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito considera que cuando la autoridad municipal incumple con sus obligaciones generales para garantizar este derecho humano, el efecto de la sentencia de amparo debe ser adoptar las medidas necesarias para proporcionar su acceso, de manera individual y coordinada con las autoridades de los tres niveles de gobierno. Justificación: En los artículos 4o., 27, 115, fracción III, inciso a), y 122, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la “Observación General No. 15 (2002): El derecho al agua (artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales )” del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, se fijaron elementos que garantizan su eficacia y el ejercicio del derecho humano al agua como un derecho fundamental. También dispuso ...
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aislada
- Numero de resolucion
- II.2o.A.66 A (11a.)
- Fecha de resolucion
- 4 de julio de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Tribunal Colegiado de Circuito
- Sala
- Tribunales Colegiados de Circuito
- Ponente
- Mónica Alejandra Soto Bueno
- Epoca
- Undecima Epoca
- Tesis
- II.2o.A.66 A (11a.)