Administrativa Tesis Aislada

DERECHO HUMANO A LA SALUD. LAS PERSONAS JUZGADORAS DEBEN GARANTIZAR LA ADECUADA APLICACIÓN DE LOS PROTOCOLOS TÉCNICOS, CUANDO SE RECLAMA LA OMISIÓN DE ATENCIÓN MÉDICA DE ENFERMEDADES RARAS.

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: Una persona menor de edad, por conducto de su representante, promovió amparo indirecto contra la omisión de diversas autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de proporcionarle la atención médica especializada y completa para atender su padecimiento de "Síndrome de Morquio" o "Mucopolisacaridosis tipo IV A", considerado una enfermedad rara en México. El Juzgado de Distrito sobreseyó en el juicio respecto de distintas autoridades directivas del IMSS por no desvirtuarse la negativa de la omisión reclamada. La quejosa interpuso recurso de revisión al considerar que las autoridades responsables sí cuentan con facultades para llevar a cabo los actos para que cese la omisión en el abasto de sus medicamentos, así como la realización de procesos de administración, adquisición y suministro de recursos materiales para atenderla. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando se reclama la omisión de atención médica de enfermedades raras que generan gastos catastróficos, las personas juzgadoras deben garantizar la adecuada aplicación de los Protocolos Técnicos para este tipo de enfermedades. Justificación: El Consejo de Salubridad General en México define que las enfermedades raras son las reconocidas en el país o por organismos internacionales de los cuales el Estado mexicano es Parte, y que tienen una prevalencia de no más de cinco personas por cada diez mil habitantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 224 Bis de la Ley General de Salud . Para su atención, se creó la Comisión para Definir Tratamientos y Medicamentos Asociados a Enfermedades que ocasionan Gastos Catastróficos, misma que, conforme a su Reglamento Interior, tiene la función de elaborar los Protocolos Técnicos para la atención de dichas enfermedades, con base en los tratamientos, medicamentos y otros materiales asociados previamente definidos y sometidos a aprobación del Consejo citado. La importancia de los referidos Protocolos Técnicos radica en q...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aislada
Numero de resolucion
XV.1o.8 A (11a.)
Fecha de resolucion
3 de octubre de 2025

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
Juan Manuel García Arreguín
Epoca
Duodecima Epoca
Tesis
XV.1o.8 A (11a.)