Tesis Aisladas

<p>DERECHO ESPECIAL SOBRE MINERÍA. EL ARTÍCULO 268, PENÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS, VIGENTE HASTA EL 11 DE AGOSTO DE 2014, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.</p>

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Resumen

<p>El artículo citado al establecer la exención del pago de derechos a los concesionarios y asignatarios mineros por el uso, goce o aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos del carbón mineral, no vulnera el principio de equidad tributaria, previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|320-" >31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, porque el trato diferenciado está justificado, ya que de la propia norma se aprecia que dicha exención se otorgó, en virtud de que el uso, goce y aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos de carbón, a la fecha de entrada en vigor del artículo reclamado, estaba gravado con el derecho establecido en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="693|72|6480-" >267</a> derogado de la Ley Federal de Derechos, por lo cual el hecho de que el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="693|72|6490-" >268, penúltimo párrafo</a>, del mismo ordenamiento legal, vigente hasta el 11 de agosto de 2014, estableciera que no se pagaría el derecho especial sobre minería, no implicaba que los concesionarios y asignatarios que extrajeran dicho mineral no pagarían alguna contraprestación por su uso, goce o aprovechamiento, sino que lo harían con base en un precepto legal distinto.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
31 de agosto de 2018

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Norma Lucía Piña Hernández
Epoca
Décima Época